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Pleno dio visto bueno a iniciativa de las comisiones de Justicia y Derechos Humanos, y de la Mujer y Familia.
31 May 2013
El pleno del Congreso aprobó modificar la Ley del Feminicidio y otras normas con el fin de endurecer las penas por este crimen.
Con 89 votos a favor, tres en contra y dos abstenciones en primera votación, el Parlamento aprobó la iniciativa planteada por las comisiones de Justicia y Derechos Humanos, y de la Mujer y Familia, la cual contempla también modificar los artículos 107, 46-b y 46-C del Código Penal y el artículo 46 del Código de Ejecución Penal.
De esta manera, a partir de ahora se considerará ‘feminicidio’ al asesinato de mujeres incluso cuando el homicida no sea esposo, pareja o expareja de la víctima (como lo establecía la Ley 29819) y la pena mínima será de 15 años de cárcel.
Por otro lado, se considerará como agravante si la víctima era menor de edad, se encontraba en estado de gestación, bajo cuidado del autor del crimen, o en estado de discapacidad. Igualmente en caso su muerte se haya producido a raíz de una agresión sexual o sea una víctima de trata de personas. En estos casos, la pena mínima será 25 años y si el victimario concurre en dos o más agravantes, recibirá la cadena perpetua.
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Foto: elcomercio.pe